¡La pasión sigue! Día de Reposición Play Passion
Términos y Condiciones de la Cortesía
Si asististe el día jueves 11 de junio de 2026 y por motivo de las condiciones climáticas se tuvo que detener la fiesta, la pasión sigue y queremos invitarte un día más a celebrar. Registra tu número de boleto y selecciona qué día te gustaría volver a asistir. *Cupo limitado.
1. DEFINICIONES
Para los efectos de las presentes Bases, los términos con mayúscula inicial que no se definan expresamente en este documento tendrán el significado que se les atribuye en los Términos y Condiciones de ZG Tickets (el Documento Principal). Adicionalmente, se entenderá por:
- Cortesía / Boleto de Cortesía: el acceso adicional y gratuito que el Organizador ofrece, a su entera discreción y por mera liberalidad, al Asistente Elegible para una jornada denominada comercialmente «Día de Reposición», con el carácter de Remedio Alternativo Excluyente y voluntario previsto en la Cláusula 2.
- Día de Reposición: la jornada que el Organizador habilite, según disponibilidad y Cupo, para reponer el acceso correspondiente a la jornada del jueves 11 de junio de 2026 que fue objeto de Suspensión Temporal. Estará disponible a partir del 15 de junio de 2026 y hasta agotar el Cupo.
- Asistente Elegible: la persona que, en su carácter de Consumidor, asistió a la jornada del jueves 11 de junio de 2026 y es titular de un Boleto Elegible.
- Boleto Elegible: el Boleto válido correspondiente a la jornada del jueves 11 de junio de 2026.
- Solicitud: el registro que el Asistente Elegible realiza en el portal indicando el número de su Boleto Elegible y el Día de Reposición de su preferencia, sujeto a la Confirmación del Organizador y a la disponibilidad de Cupo.
- Cupo: el número limitado de lugares por Día de Reposición, determinado por el Organizador por razones de aforo, seguridad y protección civil, y asignado por riguroso orden de recepción de la Solicitud hasta agotar la disponibilidad.
- Confirmación: la comunicación expresa mediante la cual el Organizador acepta una Solicitud e incorpora efectivamente al Asistente Elegible al Cupo de un Día de Reposición determinado. La Confirmación es el único acto que perfecciona la asignación del lugar y la sustitución de remedios prevista en la Cláusula 8.
2. OBJETO Y NATURALEZA
El presente documento (las Bases) establece los términos, la mecánica y las condiciones aplicables al otorgamiento de la Cortesía con motivo de la Suspensión Temporal de la jornada del jueves 11 de junio de 2026. La Cortesía se otorga de forma estrictamente voluntaria, unilateral y por mera liberalidad del Organizador, con el carácter de Remedio Alternativo Excluyente que el Asistente Elegible acepta de común acuerdo en sustitución de las vías ordinarias previstas en el Documento Principal. El otorgamiento de la Cortesía no constituye, ni podrá interpretarse como, reconocimiento de culpa, dolo, negligencia o responsabilidad civil o contractual alguna imputable al Organizador, al derivar de un suceso de Caso Fortuito o Fuerza Mayor ajeno a su control razonable.
3. ALCANCE
Las presentes Bases rigen exclusivamente la reposición voluntaria del acceso correspondiente a la jornada del jueves 11 de junio de 2026, la cual fue objeto de Suspensión Temporal por condiciones climáticas adversas constitutivas de Caso Fortuito o Fuerza Mayor, generándose un Cumplimiento Parcial en términos del Documento Principal. La Cortesía no guarda relación alguna con otras jornadas del festival ni modifica las condiciones de los Boletos correspondientes a éstas.
4. ELEGIBILIDAD
Podrán acceder a la Cortesía las personas que, en su calidad de Asistente Elegible, hayan asistido a la jornada del jueves 11 de junio de 2026 y sean titulares de un Boleto Elegible, siempre que cumplan íntegramente con el procedimiento de Solicitud previsto en estas Bases y sujeto a la disponibilidad de Cupo y a la Confirmación del Organizador.
5. MECÁNICA DE SOLICITUD
El Asistente Elegible deberá registrar su número de Boleto Elegible en el portal habilitado para tal efecto, especificando el Día de Reposición de su preferencia. Se admitirá únicamente una (1) Solicitud por cada Boleto Elegible. El beneficio de la Cortesía es estrictamente personal e intransferible. La asignación del lugar queda sujeta en todo caso a la disponibilidad de Cupo y a la Confirmación expresa del Organizador. Al momento de ingresar al recinto en el Día de Reposición, el Asistente Elegible deberá exhibir el Boleto Elegible original y una identificación oficial vigente.
6. CUPO, LÍMITE DE ATENCIONES Y LISTA DE ESPERA
El Cupo de cada Día de Reposición es limitado y se determina por razones de aforo, seguridad y protección civil. Las Solicitudes se atenderán y los lugares se asignarán por riguroso orden de recepción, hasta agotar la disponibilidad. El envío de la Solicitud no garantiza la asignación de un lugar en tanto el Asistente Elegible no reciba la Confirmación correspondiente. Una vez alcanzado el Cupo, las Solicitudes posteriores podrán incorporarse a una lista de espera y únicamente serán confirmadas en caso de liberarse disponibilidad.
7. EQUIVALENCIA DE ACCESO
El acceso otorgado mediante la Cortesía corresponderá a la misma categoría del Boleto Elegible original (de manera enunciativa, General por General o VIP por VIP). No se autorizan cambios de categoría, mejoras (upgrades) ni modificación alguna del tipo de acceso.
8. CARÁCTER EXCLUYENTE RESPECTO DEL REEMBOLSO
8.1. Naturaleza voluntaria del remedio. La decisión de solicitar y aceptar la Cortesía constituye una opción libre, informada y voluntaria del Consumidor, y se ofrece como Remedio Alternativo Excluyente respecto del reembolso o bonificación proporcional que pudiera corresponder por el Cumplimiento Parcial de la jornada del 11 de junio de 2026.
8.2. Perfeccionamiento de la sustitución. La sustitución del reembolso por la Cortesía se perfeccionará única y exclusivamente cuando concurran: (i) la presentación de la Solicitud; (ii) la Confirmación expresa del Organizador; y (iii) la incorporación efectiva al Cupo de un Día de Reposición determinado.
8.3. Conservación de derechos en caso de no alcanzar Cupo. Si la Solicitud no es Confirmada o no es incorporada al Cupo por agotamiento de disponibilidad, no se entenderá perfeccionada renuncia alguna y el Consumidor conservará íntegros sus derechos a las vías ordinarias por Cumplimiento Parcial, incluido el reembolso o la bonificación proporcional.
8.4. Prohibición de renuncias anticipadas. Ninguna disposición de estas Bases podrá interpretarse como renuncia anticipada, condicionada o tácita a los derechos irrenunciables del Consumidor.
9. SIN VALOR EN EFECTIVO
La Cortesía carece de valor en efectivo y en ningún caso será canjeable por dinero, total o parcialmente. La Cortesía no es reembolsable ni transferible y no genera derecho o beneficio distinto de los expresamente previstos en estas Bases.
10. RELACIÓN CON LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES PRINCIPALES
Las presentes Bases tienen naturaleza accesoria y se encuentran subordinadas a los Términos y Condiciones de ZG Tickets (el Documento Principal). PLAY PASSION ostenta el carácter de Organizador y es el único responsable de la realización material del evento y del otorgamiento de la Cortesía. ZG Tickets interviene exclusivamente como plataforma tecnológica de boletería, por cuenta y orden del Organizador. En caso de conflicto entre estas Bases y el Documento Principal, prevalecerá este último, salvo respecto de los beneficios adicionales específicamente otorgados mediante la Cortesía.
11. DATOS PERSONALES
El envío de la Solicitud y la participación en la presente campaña implican el tratamiento de los datos personales del Asistente Elegible de conformidad con el Aviso de Privacidad vigente, disponible en https://zerogravity.mx/aviso-de-privacidad.
12. CASO FORTUITO Y FUERZA MAYOR
En el supuesto de que el Día de Reposición se vea afectado por Caso Fortuito, Fuerza Mayor, condiciones climáticas adversas, instrucción de autoridad competente, razones de protección civil o cualquier otra causa ajena al control razonable del Organizador, resultarán aplicables las disposiciones de Suspensión Temporal, Reprogramación y exención de responsabilidad establecidas en el Documento Principal, sin perjuicio de los derechos irrenunciables del Consumidor.
13. MODIFICACIÓN DE LA CORTESÍA
El Organizador se reserva el derecho de modificar, suspender o dar por terminada la presente campaña de Cortesía en cualquier momento por causas justificadas. En todo caso, se respetarán íntegramente las Solicitudes que ya hubieren sido Confirmadas e incorporadas al Cupo.
14. VIGENCIA
El periodo de recepción de Solicitudes iniciará el 15 de junio de 2026 y concluirá al agotarse el Cupo. Las Solicitudes recibidas fuera de dicho periodo no serán procesadas.
15. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE
Las presentes Bases se rigen por la legislación aplicable en los Estados Unidos Mexicanos. Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de lo aquí dispuesto será competente la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) en la vía administrativa. Para las controversias que no sean competencia de dicha autoridad, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales competentes con sede en la Ciudad de México, sin que ello implique renuncia a los derechos irrenunciables del Consumidor.
